El Decreto 5885 promulgado este martes autoriza el retorno del público a los estadios, en un porcentaje que será definido por el Ministerio de Salud.

Según establece el Decreto 5885 del Poder Ejecutivo dado a conocer este martes, Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en coordinación con la Secretaría Nacional de Deportes podrá autorizar la presencia de público en los estadios, conforme con el protocolo previamente aprobado por la cartera sanitaria. El regreso será gradual, según explicó el viceministro de Atención Integral a la Salud y Bienestar Social, Hernán Martínez.

En conversación con el programa El Extra de Fútbol a lo Grande, por Monumental 1080 AM, Martínez señaló que aún no se definió el porcentaje de público que podrá volver a las canchas, pero que se dará a conocer en breve. «Esa fue la intención desde un primer inicio, una vez revisado el plan piloto que tuvo un resultado demasiado auspicioso, en el sentido de que no hubo ningún tipo de brote (de Covid), no se notó ningún aumento de contagio. Así que celebramos todos juntos», comenzó diciendo.

Agregó que se necesitaba este tipo de apertura por salud mental, atendiendo a que el deporte despeja la mente y fortalece el cuerpo. Insistió en que en el Ministerio de Salud están muy contentos con la situación, que se da gracias a la disminución de caso de Covid-19. «Ojalá que esto siga así, ojalá que lo hagamos ordenadamente, de tal manera que no tengamos que, bajo ningún sentido, retroceder», insistió.

También manifestó su alegría porque la decisión de permitir el ingreso del público a los estadios posibilitó aumentar la cantidad de vacunados, ya que gente que estaba reticente a ser inoculada decidió hacerlo para poder volver a ver su equipo en la cancha. «Es un doble efecto que nosotros conseguimos con estas personas que estaban dudando en recibir la vacuna, también por ese lado es muy auspiciosa esta apertura», indicó.

La normativa presidencial establece los criterios para permitir la actividad física, dentro del horario establecido en el artículo 1°, que es de 05.00 a 02.00. Además, dispone que los atletas de alto rendimiento, deportistas federados y seleccionados nacionales deberán ser habilitados para la práctica deportiva y competencias federadas organizadas o fiscalizadas por las Federaciones Deportivas Nacionales reconocidas y con la habilitación pertinente otorgada por la Secretaría Nacional de Deportes.

Agrega que los atletas con esquema completo, de vacunación se someterán a hisopados solo en caso de presentar síntomas o ser contacto estrecho de un caso confirmado. Estos podrán realizar sus actividades en sitios expresamente habilitados para su entrenamiento, con base en el protocolo previamente autorizado por el Ministerio de Salud Pública.

Según el decreto, se permite la práctica deportiva colectiva de entretenimiento, participación y competencias cumpliendo las medidas sanitarias vigentes y las normativas del Ministerio de Salud y la Secretaría Nacional de Deportes. Además, se permiten las clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados y abiertos, garantizando 4 metros de distancia entre persona. Los locales en los cuales se llevan a cabo las actividades permitidas deberán operar con sujeción a los protocolos aprobados por la cartera sanitaria.

Asimismo, están permitidas las actividades recreativas y deportivas en espacios al aire libre realizadas por niños y niñas. El decreto también dispone que los clubes sociales y deportivos podrán operar sus espacios al aire libre y espacios destinados a la actividad física, cultural y social, con base en el protocolo previamente autorizado por el Ministerio de Salud, dentro del horario permitido.