Las prohibiciones vigentes y las sanciones previstas en la ley se tendrán en cuenta durante el desarrollo de las elecciones nacionales del próximo 30 de abril.

El Juez Electoral de Central, Modesto Núñez informó que está prohibido en el día de los comicios la aglomeración de personas en un radio inferior a 200 metros de los centros donde funcionen las mesas receptoras de votos, la portación de armas en la misma distancia mencionada anteriormente.

Así también, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas y la celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de concluir las votaciones.

Además, está prohibido ingresar a la casilla de votación con celulares, cámara fotográficas, filmadoras y otros artefactos capaces de captar o transmitir imágenes pueden tener una sanción de 15 a 30 jornales.

Para las organizaciones políticas queda prohibida la instalación de mesas de consulta dentro del radio de 200 metros de los locales de votación.

En ese sentido, el Juez Electoral mencionó que los actos de proselitismo quedan prohibidos desde la finalización del periodo de propaganda hasta el término de las votaciones.

Es importante recordar a la ciudadanía que las prohibiciones citadas resguardan el orden y garantizan el libre ejercicio de la voluntad cívica de los electores.

FUENTE: HOY